domingo, 7 de junio de 2015

DURISIMA SANCION A PETROLERO ARGENTINO

TRES años sin intervenir en Torneos Oficiales y fuerte multa económica - Luego de la renuncia de Petrolero Argentino de Plaza Huincul de Neuquén a disputar el Torneo Federal B 2015, días posteriores a la oficialización del fixture trajo sus consecuencias y de esta manera el conjunto "naranja", que deserto del torneo por motivos económicos no podrá participar de Torneos Oficiales por el termino de tres años (solo jugar la liga) y se suma una fuerte sanción económica.


¿Ahora bien, la deserción a posteriori de la oficialización, no debería haberse computado como un descenso para la Zona Sur? Recordemos que por la Patagonia renunciaron Boca Rio Gallegos, Atlético Regina de Villa Regina, Petrolero Argentino de Neuquén. En Octubre 2015 la Zona Patagónica tendrá 3 descensos directos y quedara conformada por 8. Mucho menos que los 14 habilitados a participar originariamente.



EXPEDIENTE Nº 2887/15 – TORNEO FEDERAL “B” 2015
Social y Deportivo Petrolero Argentino de Neuquén s/ Deserción.
Buenos Aires, 4 de junio de 2015.
VISTO y CONSIDERANDO:
1°) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud de la nota que presentó el Club Social y Deportivo Petrolero Argentino, donde hace saber que no podrá presentarse a disputar el Torneo Federal “B” 2015.
Manifiesta el Club que no puede garantizar los recursos necesarios para afrontar dicho torneo.
2°) Que la actitud del Club Social y Deportivo Petrolero Argentino de rehusar su participación luego de conocido el sorteo de la zona lo coloca en una actitud antideportiva grave y reprobable.
Queda demostrado con su actitud que sólo participaría del certamen si era el conveniente la disputa de los partidos.
Esa especulación es un razonamiento incorrecto; cuando se inscribió para participar del torneo, el club sabía que se efectuaría un sorteo de las zonas y además, debió eventualmente representarse que podía jugar con cualquiera de los clubes inscriptos.
No puede condicionarse al organizador con el hecho participar en el Torneo sólo si es conveniente; la deserción de los torneos refleja falta de compromiso y perjudica, deportiva y económicamente, al resto de los participantes.
La deserción del certamen debe ser sancionada como una no presentación de la prevista en el artículo 109 del R.T.P. que faculta al Tribunal a imponer al infractor la pena de multa de v.e. 575 por cada una de seis fechas.
El artículo 74 del Reglamento Especial del Torneo establece que si un club decidiera desertar, el Tribunal lo sancionará con la eliminación automática del certamen (letra a);
a) Quede automáticamente eliminado del certamen.
b) Deba hacer frente, asimismo, por cada partido que restara hasta la finalización de la Fase que estuviera disputando o debiera disputar, a lo dispuesto en el Punto anterior. A los efectos de la cantidad de partidos por los cuales se aplica esta sanción, la que se establece en hasta un máximo de seis (6) partidos.
c) Quede inhabilitado (el Club infractor) durante tres años, a contar desde la fecha del fallo, para intervenir en todo tipo de competencia y/o partido oficial o amistoso, cualquiera sea su naturaleza.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE:
1°) Decretar la eliminación del Club Social y Deportivo Petrolero Argentino por deserción. (Art. 33 del R.T.P. y 74 del Reglamento del Torneo).
2°) Inhabilitar al Club Social y Deportivo Petrolero Argentino, durante tres años para intervenir en Torneos Oficiales (Art. 74 del Reglamento del Torneo Federal “C”).
3°) Sancionar al Club Social y Deportivo Petrolero Argentino con multa de v.e. 575 por cada una de seis fechas equivalente a pesos 44.850. (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA).
4°) Publíquese, comuníquese y archívese.

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