Ley de Espectáculos Deportivos - El miércoles por la noche, la legislatura provincial aprobó por unanimidad, la ley contra la violencia en espectáculos deportivos. La misma estipula sanciones contra las personas que se vean involucradas en hechos de violencia. El proyecto fue presentado, en el mes de marzo, por la Liga de Fútbol de Neuquén, tomando como antecedente la ley nacional 24192.
Según informaron los diputados, por problemas de competencia se resolvió impulsar una ley especial para la provincia, tomando como base el capitulo de la ley nacional que habla de las sanciones.
La norma establece una variada cantidad de sanciones para aquellos que alteraran el orden en los espectáculos deportivos, dentro de la jurisdicción provincial. Se prevé sanciones para simpatizantes, dirigentes, jugadores, cuerpo técnico, vendedores ambulantes, comerciantes y hasta periodistas, con penas que van desde lo económico hasta la prisión.
Según esta ley, habrá “10 fechas de prohibición de ingreso al espectáculo deportivo y de 5 a 10 días de arresto a quienes provoquen con banderas o trofeos a simpatizantes del equipo contrario. Los detenidos, en este caso, serán ubicados en establecimientos especiales donde no se los podrá alojar con presos comunes”.
También se penalizará a “la persona que lleve pirotecnia o los que actuaren en patota provocando, amenazando, ofendiendo o agrediendo a terceros, conducta por la que les cabría una sanción con 20 fechas de prohibición y entre 15 y 30 días de arresto”.
‘Deportista, dirigente, periodista, protagonista u organizador del evento deportivo que con sus expresiones, ademanes o procederes, ocasione alteraciones al orden público’ serán sancionados con 10 fechas de suspensión y entre 5 y 15 días de arresto.
Al mismo tiempo esta contemplado que el vendedor ambulante que comercialice bebidas alcohólicas en un radio de 400 metros alrededor del estadio, entre cuatro horas previas a la iniciación del espectáculo y dos horas después de su finalización, recibirá una penalización económica y sufrirá el decomiso de la mercadería.
La ley estipula sanciones para aquellas personas que perturben el orden en las filas para comprar entradas y a las que sin autorización ingresen al campo de juego.
La norma establece una variada cantidad de sanciones para aquellos que alteraran el orden en los espectáculos deportivos, dentro de la jurisdicción provincial. Se prevé sanciones para simpatizantes, dirigentes, jugadores, cuerpo técnico, vendedores ambulantes, comerciantes y hasta periodistas, con penas que van desde lo económico hasta la prisión.
Según esta ley, habrá “10 fechas de prohibición de ingreso al espectáculo deportivo y de 5 a 10 días de arresto a quienes provoquen con banderas o trofeos a simpatizantes del equipo contrario. Los detenidos, en este caso, serán ubicados en establecimientos especiales donde no se los podrá alojar con presos comunes”.
También se penalizará a “la persona que lleve pirotecnia o los que actuaren en patota provocando, amenazando, ofendiendo o agrediendo a terceros, conducta por la que les cabría una sanción con 20 fechas de prohibición y entre 15 y 30 días de arresto”.
‘Deportista, dirigente, periodista, protagonista u organizador del evento deportivo que con sus expresiones, ademanes o procederes, ocasione alteraciones al orden público’ serán sancionados con 10 fechas de suspensión y entre 5 y 15 días de arresto.
Al mismo tiempo esta contemplado que el vendedor ambulante que comercialice bebidas alcohólicas en un radio de 400 metros alrededor del estadio, entre cuatro horas previas a la iniciación del espectáculo y dos horas después de su finalización, recibirá una penalización económica y sufrirá el decomiso de la mercadería.
La ley estipula sanciones para aquellas personas que perturben el orden en las filas para comprar entradas y a las que sin autorización ingresen al campo de juego.
No hay comentarios:
Publicar un comentario