jueves, 25 de noviembre de 2010

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO

El Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Enard) se oficializó en un acto que contó con la presencia de la presidente Cristina Kirchner y del titular del Comité Olímpico Argentino (COA), Gerardo Werthein, quien hizo público el anuncio. El ente tiene el objetivo de gestionar y coordinar apoyos económicos para el deporte de alto rendimiento y paralímpico. El organismo fue creado por ley del Congreso Nacional y se financia con el aporte de la sociedad a través de un cargo específico en las comunicaciones por telefonía celular. En el acto, la jefe de Estado también presentó una línea de becas deportivas.
Ley 26.573 Sancionada: Diciembre 2 de 2009 - Promulgada: Diciembre 21 de 2009 - ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD) CAPITULO I Objeto: ARTICULO 1º — Créase el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo, como persona jurídica de derecho público no estatal destinado a gestionar y coordinar apoyos económicos específicos para la implementación y desarrollo de las políticas de alto rendimiento.
ARTICULO 2º — El Ente tiene plena capacidad jurídica para administrar los recursos asignados en la presente ley, afectándolos exclusivamente a:
a) Asignar becas a deportistas dedicados a actividades y competencias deportivas conforme lo establezca la reglamentación de la presente ley;
b) Complementar los subsidios de la Secretaría de Deporte de la Nación para solventar los gastos que demande la participación en competencias deportivas internacionales que consten en el calendario oficial de la respectiva Federación Internacional y que se encuentren incluidas en el presupuesto anual, aprobado por el Directorio Ejecutivo;
c) Solventar honorarios de entrenadores y técnicos afectados al alto rendimiento;
d) Contratar especialistas en ciencias aplicadas al deporte y adquirir los elementos necesarios para el entrenamiento de los deportistas;
e) Brindar apoyo económico para la organización de competencias nacionales e internacionales a realizarse dentro del territorio de la República Argentina;
f) Asegurar la cobertura médico-asistencial de los deportistas, entrenadores y técnicos contemplados en la presente ley;
g) Solventar los costos de mantenimiento del laboratorio de control de doping, dependiente de la Secretaría de Deporte de la Nación;
h) Arbitrar las medidas conducentes para el apoyo a los deportistas paralímpicos;
i) Implementar planes, programas, proyectos y acciones a través de unidades ejecutoras públicas o privadas, nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires idóneas para tales cometidos, no pudiendo este concepto exceder el diez por ciento (10%) de los recursos recaudados en forma anual.
ARTICULO 3º — El Ente tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y desarrolla sus actividades en las regiones del país, conforme lo establece el artículo 9º de la Ley 20.655 y su norma reglamentaria.
A estos efectos el Ente puede establecer las delegaciones en las regiones respectivas, propendiendo a que la actividad de entrenamiento y calificación de los deportistas se efectúe en su provincia de pertenencia. Asimismo, puede actuar en el extranjero de acuerdo con los alcances que le otorga la presente ley.
ARTICULO 4º — El Ente no tiene fines de lucro y goza de autarquía administrativa y financiera.

ESPECTACULOS DEPORTIVOS LEY Nº 23.184

Régimen Penal y Contravencional para la Prevención y Represión de la Violencia en Espectáculos Deportivos - La Cámara de Diputados sancionaron el jueves 27 de febrero de 2008, una modificación de la ley del Deporte, conocida como "ley De la Rúa", para combatir la violencia en los estadios de fútbol. Se creó un registro de antecedentes de los violentos y estipula que todo aquel que cuente con una causa penal no podrá circular en un radio de 500 metros del estadio en un día de partido. Ley que en su CAPITULO VI habla de la Responsabilidad civil en el ARTICULO 51. dice: Las entidades o asociaciones participantes de un espectáculo deportivo, son solidariamente responsables de los daños y perjuicios que se generen en los estadios. Y el CAPITULO VII ARTICULO 52. En relación a lo dispuesto en materia contravencional, se invita a las provincias a dictar normas equivalentes o de adhesión a la presente ley, a fin de fijar los mismos derechos y garantías en todo el territorio nacional.
Fundamentos:Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de Ley tendiente a modificar la Ley No 23.184, modificada por Ley No 24.192, Régimen Penal y Contravencional para la Prevención y Represión de la Violencia en Espectáculos Futbolísticos.
Resultan de público conocimiento los hechos de violencia que en los últimos tiempos se han sucedido en diversos espectáculos deportivos.Como consecuencia de acontecimientos de este tipo, lamentablemente tan arraigados en la historia argentina como las prácticas deportivas en si mismas, ha tomado forma una extensa nómina de heridos y víctimas fatales.
La carencia en la legislación imperante de sanciones lo suficientemente eficaces ha atentado contra la erradicación definitiva de los violentos.En este contexto, la concurrencia de público a los espectáculos deportivos ha evidenciado una notable disminución, hecho que demuestra el grado de afectación de una de las mayores aficiones del pueblo argentino.
De acuerdo con lo expuesto, resulta necesario adaptar la legislación aplicable en la materia de manera de permitir la adecuada sanción de aquellos individuos que atenten contra la seguridad en los espectáculos deportivos.A tales fines, se propicia modificar el artículo lo de la Ley No 23.184, modificada por la Ley No 24.192, ampliando el espectro de aplicación del Capítulo I a los hechos previstos en él, cuando se cometan durante los traslados de las parcialidades, tanto sea hacia o desde el estadio donde se desarrolle el espectáculo deportivo.
Asimismo, se incorpora el artículo 45 bis, imponiendo al Juez interviniente el deber de disponer en forma cautelar, al momento de dictar el auto de procesamiento dispuesto en el artículo 31 0 del Código Procesal Penal de la Nación, que el imputado se abstenga de concurrir a todo tipo de espectáculos deportivos de la especie que se trate, durante el tiempo que demande la sustanciación del proceso en el que se encuentra acusado.La interdicción se hará extensiva a un radio de quinientos metros a la redonda del estadio o predio en el que se desarrolle la práctica deportiva, mientras dure la misma, SIJS preparativos y desconcentración, y cesará de pleno derecho con el dictado de la sentencia correspondiente.Para el caso de que la sentencia fuera condenatoria, y correspondiera aplicar la pena única o accesoria de inhabilitación, el lapso que hubiere insumido la medida cautelar será computado a los fines de la ejecución de la sentencia en razón de un día de interdicción preventiva por un día de cumplimiento efectivo.
Asimismo, los jueces tendrán como carga activa hacer saber, dentro de las cuarenta ocho horas en que quedara firme, la medida cautelar a los distintos organismos nacionales, provinciales o GL municipales de contralor de la seguridad en espectáculos deportivos.La autoridad de contralor, en las jurisdicciones en que las hubiera o las instituciones deportivas en caso de su inexistencia, o ambas en forma conjunta estarán facultadas para recurrir a la fuerza pública a los fines del efectivo cumplimiento de la medida cautelar.
Finalmente, se crea, en el ámbito del Ministerio de Justicia, el registro nacional de infractores a la ley del Deporte, al cual el Juez interviniente deberá notificar la interdicción y, una vez concluido el proceso, el resolutorio dictado. El Registro, que será público y deberá mantener sus legajos actualizados, otorgará, a quien lo solicite con motivos fundados, los antecedentes personales allí registrados.Una vez cumplida la condena, o suspendida la interdicción cautelar, previa orden judicial, será dado de baja -sin obstáculo de que conste como antecedente- del Registro el legajo correspondiente
CAPITULO I Régimen penal - ARTICULO 1º — El presente capítulo se aplicará a los hechos previstos en él, cuando se cometan con motivo o en ocasión de un espectáculo deportivo, sea en el ámbito de concurrencia pública en que se realizare o en sus inmediaciones, antes, durante o después de él, como así también durante los traslados de las parcialidades, tanto sea hacia o desde el estadio deportivo donde el mismo se desarrolle. (Artículo sustituido por art. 1° de la
Ley N° 26.358 B.O. 25/3/2008)
ARTICULO 2º — Cuando en las circunstancias del artículo 1º se cometieren delitos previstos en el libro segundo, título I, capítulo I, artículos 79 y 81, inciso 1, letras a) y b), 84 y capítulos II, III y V, y los previstos en el título VI, artículos 162 y 164 del Código Penal, siempre que no resultaren delitos más severamente penados, las penas mínimas y máximas se incrementarán en un tercio. El máximo no será mayor al máximo previsto en el Código Penal para la especie de pena de que se trate.
ARTICULO 3º — Será reprimido con prisión de uno a seis años, si no resultare un delito más severamente penado, el que introdujere, tuviere en su poder, guardare o portare armas de fuego o artefactos explosivos en las circunstancias del artículo 1º. En todos los casos se procederá al decomiso de las armas o artefactos.
ARTICULO 4º — Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años siempre que no correspondiere pena mayor, los dirigentes, miembros de comisiones directivas o subcomisiones, los empleados o demás dependientes de las entidades deportivas o contratados por cualquier título por estas últimas, los concesionarios y sus dependientes, que consintieren que se guarde en el estadio de concurrencia pública o en sus dependencias armas de fuego o artefactos explosivos. En todos los casos se procederá al decomiso de las armas o artefactos.
ARTICULO 5º — Será reprimido con prisión de uno a seis años el que instigare, promoviere o facilitare de cualquier modo, la formación de grupos destinados a cometer alguno de los delitos previstos en el presente capítulo.
ARTICULO 6º — Será reprimido con prisión de un mes a dos años, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público encargado de la tutela del orden, o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél, en las circunstancias del artículo 1º.
ARTICULO 7º — Será reprimido con prisión de un mes a tres años el que impidiere, mediante actos materiales, aunque sea momentáneamente, la realización de un espectáculo deportivo en un estadio de concurrencia pública. (Artículo observado por art. 1° del
Decreto N° 473/1993 B.O. 26/3/1993)
ARTICULO 8º — Será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que destruyere o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble, total o parcialmente ajena en las circunstancias del artículo 1º.
ARTICULO 9º — Será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que, sin crear una situación de peligro común impidiere, estorbare o entorpeciere, el normal funcionamiento de los transportes e instalaciones afectadas a los mismos, hacia o desde los estadios en las circunstancias del artículo 1º.
ARTICULO 10. — Los jueces impondrán como adicional de la condena, una o más de las siguientes penas accesorias:
a) La inhabilitación de seis meses a cinco años para concurrir al tipo de espectáculos deportivos que haya motivado la condena. El cumplimiento se asegurará presentándose el condenado en la sede policial de su domicilio, en ocasión de espectáculos deportivos como el que motivó la condena, fijando el tribunal día y horario de presentación. El juez podrá dispensar total o parcialmente, en resolución fundada, dicha presentación; (Texto observado por art. 2° del
Decreto N° 473/1993 B.O. 26/3/1993)
b) La inhabilitación de uno a quince años para desempeñarse como deportista, jugador profesional, técnico, colaborador, dirigente, concesionario, miembro de comisiones o subcomisiones de entidades deportivas o contratado por cualquier título por estas últimas;
c) La inhabilitación perpetua para concurrir al estadio o lugar en el que se produjo el hecho, según lo previsto en el artículo 1º.
ARTICULO 11. — Cuando alguno de los delitos de este capítulo hubiese sido cometido por un director o administrador de un club deportivo, dirigente, miembro de comisiones directivas o subcomisiones, en ejercicio o en ocasión de sus funciones, será reprimido, además, con multa de cien mil (100.000) a un millón de pesos (1.000.000).
La entidad deportiva a la que pertenezca el mismo, será responsable en forma solidaria de la pena pecuniaria que correspondiere.
Sin perjuicio de ello el juez interviniente, por resolución fundada, podrá ordenar la clausura del estadio por un término máximo de sesenta (60) días.
ARTICULO 12. — En el juzgamiento de los delitos indicados precedentemente, entenderá la justicia penal ordinaria, nacional o provincial, según corresponda.
ARTICULO 13. — El presente capítulo queda incorporado a las disposiciones penales de la ley 20.655.
CAPITULO II Régimen contravencional ARTICULO 14. — Este capítulo se aplicará en la Capital Federal a las contravenciones en él tipificadas, que se cometan con motivo o en ocasión de un espectáculo deportivo, sea en el ámbito de concurrencia pública en el que se realizare o en sus inmediaciones, antes, durante o después de él.
ARTICULO 15. — El obrar culposo es suficiente para que se considere punible la falta, salvo que expresamente se requiera dolo. La tentativa no es punible. ARTICULO 16. — Las contravenciones previstas en este capítulo serán sancionadas con las siguientes penas: arresto, prohibición de concurrencia, multa y decomiso.
ARTICULO 17. — La pena de prohibición de concurrencia consiste en la interdicción impuesta al contraventor para asistir a tantas fechas del torneo al que corresponda el partido durante el cual se cometió la contravención, como se disponga en la sentencia. Si el torneo finalizare sin que se hubiera agotado la pena impuesta, el resto deberá cumplirse inmediatamente a partir de la primera fecha que se dispute de un torneo en que participe el club que contendía en aquél. Si el partido durante el cual se cometió la contravención no formara parte de un torneo, la pena se aplicará prohibiendo la concurrencia a los partidos que determine el órgano de juzgamiento.
ARTICULO 18. — La pena de prohibición de concurrencia será cumplida por el contraventor, luego de agotada la pena de arresto, asistiendo a la comisaría que se determine en la sentencia, los días y durante el horario en que se desarrollen las fechas del torneo correspondiente. Si el contraventor no cumpliere con dicha asistencia sin causa grave justificatoria probada fehacientemente la pena será convertida en arresto a razón de un día por cada fecha de prohibición de concurrencia que faltare cumplir. (Texto observado por art. 3° del
Decreto N° 473/1993 B.O. 26/3/1993)
ARTICULO 19. — El arresto se cumplirá en establecimientos especiales o en dependencias adecuadas de las que ya existen; en ningún caso el contraventor será alojado con procesados o acusados por delitos comunes.
ARTICULO 20. — Habrá reincidencia cuando el condenado por alguna contravención prevista en este capítulo cometiere otra, también en él prevista, dentro del término de un año contado a partir de la fecha de la sentencia definitiva.
En todo caso de concurso se aplicará lo dispuesto en el artículo 55 del Código Penal.
ARTICULO 21. — En caso de primera reincidencia, la pena de prohibición de concurrencia prevista para la contravención cometida se incrementará en la mitad y la de arresto se aumentará en la mitad del mínimo y del máximo. En caso de segunda y ulteriores reincidencias, la pena de prohibición de concurrencia será el doble de la prevista para la contravención cometida, y la de arresto se incrementará al doble del mínimo y del máximo correspondientes.
ARTICULO 22. — La condena en virtud de las disposiciones del presente capítulo será de cumplimiento efectivo; no serán de aplicación la excarcelación, ni la suspensión del proceso a prueba.
ARTICULO 23. — El que controlare el ingreso del público y no entregare a los concurrentes el talón que acredite su legítimo ingreso, o permitiere el acceso sin exhibición del elemento habilitante, salvo autorización previa y escrita del organizador del espectáculo, será sancionado con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 24. — El que perturbare el orden de las filas formadas para la adquisición de entradas, ingreso o egreso del lugar donde se desarrollare el espectáculo deportivo, o no respetare el vallado perimetral para el control, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 25. — El encargado de venta de entradas, que no ofreciere manifiestamente la totalidad de las localidades disponibles, o las vendiere en condiciones diferentes a las dadas a conocer por el organizador del espectáculo será sancionado con cinco a quince días de arresto.
El que las revendiere, de un modo que dé motivo a desórdenes, aglomeraciones o incidentes, será sancionado con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 26. — El concurrente que sin estar autorizado reglamentariamente, ingresare al campo de juego, vestuarios o cualquier otro lugar, reservado a los participantes del espectáculo deportivo, será sancionado con quince fechas de prohibición de concurrencia y con diez a veinte días de arresto.
El que afectare o turbare el normal desarrollo de un espectáculo deportivo, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 27. — El que, por cualquier medio pretenda acceder o acceda a un sector diferente al que le corresponde, conforme a la índole de la entrada adquirida, o ingrese a un lugar distinto al que fuera determinado para él, por la organización del evento o autoridad pública competente, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 28. — El que no acatare la indicación emanada de la autoridad pública competente, tendiente a mantener el orden y organización del dispositivo de seguridad, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 29. — Los que, con el propósito de provocar a los simpatizantes del equipo contrario, llevasen consigo o exhibieren banderas o trofeos de clubes, que correspondan a otra divisa que no sea la propia, o a quienes con igual fin, las guardaren en un estadio o permitan hacerlo, serán sancionados con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto. Los objetos serán decomisados.
ARTICULO 30. — El que mediante carteles, megáfonos, altavoces, emisoras o cualquier otro medio de difusión masiva incitare a la violencia, será sancionado con quince fechas de prohibición de concurrencia y con diez a veinte días de arresto. Los objetos serán decomisados.
ARTICULO 31. — El que llevare consigo artificios pirotécnicos será sancionado con veinte fechas de prohibición de concurrencia y con quince a treinta días de arresto. Los objetos serán decomisados. Si los mismos fueren encendidos y/o arrojados, se aplicará al infractor el máximo de la sanción establecida.
Toda autorización de excepción será otorgada en forma escrita por autoridad competente a los organizadores del evento.
ARTICULO 32. — El que por cualquier medio, creare el peligro de una aglomeración o avalancha será sancionado con veinte fechas de prohibición de concurrencia y con quince a treinta días de arresto. Si éstas se produjeren, se aplicará al infractor el máximo de la sanción establecida.
ARTICULO 33. — El que intencionalmente modifique su apariencia o de cualquier forma impida o dificulte su identificación, será sancionado con quince fechas de prohibición de concurrencia y con diez a veinte días de arresto.
ARTICULO 34. — El que arrojare líquidos, papeles encendidos, objetos o sustancias que pudieren causar daño o molestias a terceros, será sancionado con veinte fechas de prohibición de concurrencia y con quince a treinta días de arresto.
ARTICULO 35. — El que formare parte de un grupo de tres o más personas, por el solo hecho de formar parte del mismo, cuando en forma ocasional o permanente provoquen desórdenes, insulten o amenacen a terceros, será sancionado con veinte fechas de prohibición de concurrencia y con quince a treinta días de arresto.
ARTICULO 36. — El que de cualquier modo participare en una riña, será sancionado con veinte fechas de prohibición de concurrencia y con quince a treinta días de arresto.
ARTICULO 37. — El deportista, dirigente, periodista, protagonista u organizador de un evento deportivo, que con sus expresiones, ademanes o procederes, ocasione alteraciones del orden público o incitare a ello, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto.
ARTICULO 38. — El que introdujere, tuviere en su poder, guardare o portare armas blancas o elementos inequívocamente destinados a ejercer violencia o agredir en las circunstancias del ARTICULO 1º, será sancionado con veinte fechas de prohibición de concurrencia y con quince a treinta días de arresto.
Los dirigentes, miembros de comisiones directivas o subcomisiones, los empleados y demás dependientes de entidades deportivas o contratados por cualquier título por estas últimas, los concesionarios y sus dependientes que consintieren que se guarde en el estadio deportivo o en sus dependencias, armas blancas o elementos inequívocamente destinados a ejercer violencia o agredir, en las circunstancias del artículo 1º, serán sancionados con quince a treinta días de arresto.
En ambos casos se procederá al decomiso de las armas u objetos.
ARTICULO 39. — El condenado a la pena de prohibición de concurrencia que quebrantando la sanción concurriere al espectáculo prohibido, será sancionado con diez a veinte días de arresto.
ARTICULO 40. — El vendedor ambulante que expendiere o suministre bebidas o alimentos en botellas u otros recipientes, que por sus características pudieran ser utilizados como elementos de agresión, será sancionado con una multa de diez (10) a mil (1000) pesos.
El concurrente que ingresare al estadio con bebidas alcohólicas, será sancionado con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto.
En ambos casos se procederá al decomiso de la mercadería.
ARTICULO 41. — Los vendedores ambulantes, que suministraren en forma estable o circunstancial, bebidas alcohólicas dentro de un radio de ochocientos metros alrededor del estadio deportivo donde se desarrollare el evento, en el interior del mismo o en dependencias anexas, entre cuatro horas previas a la iniciación y dos horas después de su finalización serán sancionados con una multa de diez (10) a mil (1000) pesos. Se procederá al decomiso de la mercadería.
ARTICULO 42. — El que instigare, promoviere o facilitare la comisión de una contravención de las previstas en la presente ley, será sancionado con quince fechas de prohibición de concurrencia y con diez a veinte días de arresto.
ARTICULO 43. — El organizador que, sin autorización de la autoridad de aplicación diere inicio a un espectáculo deportivo, o estando condicionado el mismo lo realizara sin cumplir con las observaciones formuladas conforme a lo determinado por el artículo 50 de la presente ley, será sancionado con una multa de quinientos (500) a cinco mil (5000) pesos.
CAPITULO III Disposiciones Procesales (Título del Capítulo III sustituido por art. 2° de la
Ley N° 26.358 B.O. 25/3/2008) - ARTICULO 44. — Los hechos filmados por la autoridad competente constituyen plena prueba. A tal fin, previo al espectáculo deportivo, la cámara de filmación será sellada por el juez de instrucción de turno. Por su parte, las imágenes que tomaren otros organismos o particulares podrán ser tenidas en cuenta como medios de prueba, e interpretadas conforme las reglas de la sana crítica.
ARTICULO 45. — A los efectos de la presente ley se considera.
a) Concurrente: el que se dirigiese al lugar de realización del espectáculo deportivo, el que permaneciese dentro de aquél y el que lo abandonara retirándose;
b) Organizador: los miembros de comisiones directivas, dirigentes, empleados o dependientes de las entidades participantes o que organicen los espectáculos deportivos, sean oficiales o privados;
c) Protagonista: los deportistas, técnicos, árbitros y todos aquellos cuya participación es necesaria para la realización del espectáculo deportivo de que se trata.
ARTICULO 45 BIS.- En todos los procesos que se sustancien como consecuencia de alguno de los delitos contemplados en la presente ley o cualquier otro delito, tipificado en el Código Penal en las circunstancias del artículo 1º de esta ley, el Juez, en ocasión de dictar el auto de procesamiento podrá disponer en forma cautelar que el imputado se abstenga de concurrir a todo tipo de espectáculo deportivo de la especie que se trate mientras dure el proceso en el que se encuentre acusado.
La interdicción se hará extensiva hasta un radio de QUINIENTOS (500) metros a la redonda del estadio o predio en el que se desarrolle la práctica deportiva, mientras dure la misma, sus preparativos y desconcentración.
Dicha medida cesará de pleno derecho con el dictado de la sentencia. En caso que la misma fuera condenatoria y correspondiera aplicar la pena única o accesoria de inhabilitación, el lapso que hubiese demandado la medida cautelar será computado a los fines de la ejecución de la sentencia a razón de UN (1) día de interdicción preventiva por UN (1) día de cumplimiento efectivo.
(Artículo incorporado por art. 3° de la
Ley N° 26.358 B.O. 25/3/2008)
ARTICULO 45 TER.- Será carga activa de los jueces hacer saber, en forma fehaciente la medida cautelar dispuesta dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes a que la misma quedara firme, a los distintos organismos nacionales, provinciales o municipales de contralor de la seguridad en espectáculos deportivos, con transcripción de la parte pertinente de la incidencia, detallando Juzgado, su titular, número de registro, carátula, nombre completo, apellido materno, alias, nacionalidad, edad, estado civil, domicilio y matrícula individual del imputado interdicto, con foto formato 4x4.
La autoridad de contralor, en las jurisdicciones que las hubiera o las instituciones deportivas en caso de inexistencia de aquéllas, o ambas en forma conjunta, estarán ampliamente facultadas para recurrir a la fuerza pública a los fines de su efectivo cumplimiento.
(Artículo incorporado por art. 3° de la
Ley N° 26.358 B.O. 25/3/2008)
ARTICULO 45 QUATER.- Créase el Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte, en el ámbito del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, que se regirá por las disposiciones de la Ley de Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
En el mismo modo y plazo establecido por el artículo anterior, el Juez deberá notificar al Registro la interdicción, con transcripción de la parte pertinente de la incidencia, consignando el juzgado, su titular, carátula, número de registro interno, nombre completo, apellido materno, alias, nacionalidad, edad, estado civil, domicilio, foto con formato 4x4 y matrícula individual del imputado interdicto.
Concluido el proceso, el Magistrado competente deberá notificar al Registro el resolutorio dictado, con transcripción íntegra o copia de la sentencia definitiva y, en caso que correspondiera, el resultado del cómputo aprobado y firme.
Suspendida la interdicción cautelar, o cumplida la condena, previa orden judicial, el Registro dará de baja el legajo correspondiente en forma inmediata, sin obstáculo de que conste como antecedente.
(Artículo incorporado por art. 3° de la
Ley N° 26.358 B.O. 25/3/2008)
CAPITULO IV Disposiciones procesales contravencionales ARTICULO 46. — En la Capital Federal y hasta tanto entre en vigencia el Código Contravencional, el jefe de la Policía Federal Argentina entenderá en las contravenciones establecidas en el capítulo II.
ARTICULO 47. — En cuanto a las garantías en beneficio de los contraventores, serán de aplicación las normas del Código Procesal Penal que no se opongan a la forma procesal dispuesta en el artículo que antecede. ARTICULO 48. — Entre la Policía Federal Argentina, los organismos de seguridad y las policías provinciales, así como también éstas entre sí, se intercambiarán información de datos en materia contravencional, a fin de que en todas las jurisdicciones pueda contarse con los antecedentes de los infractores.
CAPITULO V ARTICULO 49. — En jurisdicción nacional, el Poder Ejecutivo, por medio del organismo que resulte competente, podrá disponer la clausura temporaria o definitiva de los estadios, cuando los mismos no ofrezcan seguridad para la vida o integridad física del público o para el desarrollo normal del espectáculo, sea por deficiencias de los locales o instalaciones, sea por fallas de organización para el control o vigilancia, acorde a los propósitos de esta ley.
ARTICULO 50. — El órgano de aplicación que determina la ley 20.655 tendrá a su cargo establecer la organización de los espectáculos deportivos, con sujeción a las normas de seguridad que sugiere la policía y las que hagan a las edilicias o de infraestructura deportiva, que aprobare el municipio correspondiente y autorizará la realización del evento, conforme a tal mecanismo.Cuando el organizador no haya dado cumplimiento total y efectivo a las disposiciones anteriores, el ente podrá ordenar, en un plazo perentorio, la subsanación de los defectos observados o la suspensión del espectáculo, impartiéndole la orden respectiva a la policía.

LICENCIA ESPECIAL DEPORTIVA. Ley 20.596

En qué consiste - Obtener una “Licencia Especial Deportiva” para participar en Congresos, Asambleas, Torneos, Campeonatos y otras manifestaciones que se lleven a cabo en el país o en el extranjero. (Foto M. Carrasco). Pueden solicitar esta Licencia los deportistas aficionados, dirigentes que integren delegaciones que figuren regular y habitualmente en el calendario deportivo, jueces, árbitros, jurados, directores técnicos, entrenadores y todo aquel que deba cumplir funciones relacionadas con la atención al deportista.
Para aquellos deportistas que trabajen en relación de dependencia esta Licencia no será imputada a ninguna otra clase de licencia o vacaciones ni podrá incidir en la foja de servicios del interesado ni modificar sus calificaciones, concepto y carrera dentro del escalafón.También los estudiantes primarios, secundarios y universitarios gozarán de esta Licencia, que no modificará desfavorablemente sus calificaciones ni les serán computadas las inasistencias mientras dure la misma. (Ley 20.596). ARTICULOS QUE COMPONEN LA LEY 20.596
ARTICULO 1.- Todo deportista aficionado que como consecuencia de suactividad sea designado para intervenir en campeonatos regionalesselectivos, dispuestos por los organismos competentes de su deporteen los campeonatos argentinos para integrardelegaciones quefiguren regular y habitualmente en el calendario de las organizaciones internacionales, podrá disponer de una licenciaespecial deportiva en sus obligaciones laborales, tanto en elsector público como en el privado, para su preparacióny/oparticipación en las mismas.
ARTICULO 2.-También podrá disponer de "licencia especial deportiva": a) Todo aquel que en su carácter de dirigente y/o representantedeba integrar necesariamente las delegaciones que participen en lascompetencias a que se refiere el artículo 1. b) Los que deban participar necesariamente en congresos, asambleas,reuniones, cursos u otras manifestaciones vinculadas con eldeporte, que se realicen en la República Argentina o en elextranjero, yasea como representantes de las federacionesdeportivas reconocidas o como miembros de las organizaciones deldeporte; c) Los que en carácter de juez, árbitro o jurado se les designe porlas federaciones u organismos nacionales o internacionales paraintervenir en ese concepto, en los campeonatos a que hacereferencia el artículo 1; d) Los directores técnicos, entrenadores y todos aquellos quenecesariamente deban cumplir funciones referidas a la atenciónpsicofísica del deportista.
ARTICULO 3.- La solicitud de "licencia especial deportiva" deberácontener: a) Conformidad de aquela cuyo favor deba extenderse; b) Sus datos personales completos; c) Certificado que acredite sucarácter de aficionado; d) Certificado médico integral psicofísico para competir en laprueba a que se lo destina; e) Personas responsables -técnicos,médicos, educacionistas,etcétera-, a cuyo cargo estará la preparación previa y lacompetencia; f) Lugar, día y hora en que se harán las reuniones de preparación,sin perjuicio de las modificaciones que con posterioridad seconvenga y oportunamente se comunique; g) Carácter, fecha y lugar de los torneos, congresos y/o reuniones;h) Medios económicos con que se cuenta para afrontar la participación en la competencia, congreso o reunión; i) Término de la licencia; j) Certificado del lugar donde se trabaja, antigüuedad, función quedesempeña, horario que cumple, sueldoque percibe y aportesprevisionales que efectúa. Las personas a que se refiere el artículo 2 están exentas deacreditar los extremos de los incisos c), d), e) y f)
ARTICULO 4.- La licencia especial deportiva, para su validez, debeser homologada por el órgano de aplicación que determine la ley dela materia, el cual llevará, así mismo, un registro donde seasentarán las que así lo fueran. En el ámbito nacional, cuando setrate de campeonatos argentinos, la solicitarán las entidades quedirigen el deporte aficionado respectivo. Así mismo deberán tenerafiliacióndirecta al organismo internacional que correspondacuando se trate de competencias de este carácter.
ARTICULO 5.- Para gozar de la "licencia especial deportiva" elsolicitante deberá tener una antigüuedad en el lugar de trabajo noinferior a seis meses anteriores a la fecha de su presentación.
ARTICULO 6- Para las personas determinadas en el artículo 1. la"licencia especial deportiva" no excederá del tiempo establecidopor los reglamentos de lasorganizaciones internacionalesrespectivas, ni podrá extenderse más de sesenta (60) días al año.En los supuestos que contempla el artículo 2, la licencia no podrásersuperior a los treinta (30) días en el mismo período.
ARTICULO 7.- El empleador, ya se trate de personas de existenciavisible o jurídica, necesaria o posible o de simples asociacionesciviles, comerciales o religiosas, está obligado a otorgar la"licencia especial deportiva" por el término que fije el certificado que al efecto expedirá el órgano de aplicación de laley de la materia.
ARTICULO 8.- Cuando se trate de empleados del sector privado elsueldo del licenciado y los aportes previsionales correspondientesserán entregados al empleador por el órgano de aplicación y conrecursos provenientes del "Fondo Nacional del Deporte".
ARTICULO 9.- La "licencia especial deportiva" no se imputará aninguna otra clase de licencias, ni a vacaciones, ni podrá incidiren la foja de servicios de los interesados para modificardesfavorablemente sus calificaciones, concepto y carrera dentro delescalafón.
ARTICULO10.- El Ministerio de Cultura y Educación y/o lasuniversidades dispondrán lo necesario para que a quienes fuerendesignados integrantes de las delegaciones a que se refieren losartículos 1 y 2 no les sean computadas las inasistencias a losfines de modificar su condición de alumnos regulares.
ARTICULO 11.- El órgano de aplicación determinará las sanciones aque dé lugar la incuria o el mal comportamiento de los deportistas,adiestradores y/o técnicos durante la preparación o mientras durela competencia.
ARTICULO12.- Derógase toda disposición que se oponga a lapresente.
ARTICULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SANTA CRUZ DEPORTES “TODOS ADENTRO NADIE AFUERA”

ERNESTO CONSTANCIO PRESIDENTE DE AFUSA: “EL PROGRAMA SANTA CRUZ DEPORTES TENDRÍA QUE PROYECTARSE AL PAÍS”
Luego de la presentación en Caleta Olivia, por parte de las autoridades de la Secretaría de Deportes de la Provincia, sobre el novel programa institucional Santa Cruz Deportes “Todos Adentro Nadie Afuera”, varios dirigentes dieron su opinión al respecto, donde coincidieron que causará gran impacto y será beneficioso para todas las instituciones deportivas de Santa Cruz.

Sobre el particular, Ernesto Constancio, presidente de la Asociación de Fútbol de Salón de Caleta Olivia, comentó que: “Entiendo luego de ver en detalle el programa, que resulta uno de los más completos que he visto como dirigente deportivo en tantos años en esto. Es un programa que no deja a nadie afuera incluye a todos, debido a que los grupos, equipos que no cuentan con personería jurídica, le resulta difícil poder sostenerse y en algunos casos conseguir fondos para la inscripción en una actividad federada”.
Constancio, considera que a través del nuevo programa institucional impulsado por la Secretaría de Deportes, les ha dado cabida a todos. “Hay sectores que nunca habían obtenido una respuesta y con este programa se ocupa de cada una de las instituciones y creo que mucha gente del deporte se va sentir contenida”, dijo Constancio para luego aseverar que “esto vendría ser la voz de aquellos que no tiene voz y hay casos en nuestra ámbito que por ejemplo los clubes son armados por chicos jóvenes que se juntan para intervenir en el Fútbol de Salón, entonces este programa cuando llegue a los mismos, se van a sentir respaldados para que puedan desarrollar su tarea”.
En la Asociación de Fútbol de Salón de Caleta Olivia, convergen cerca de 40 equipos, un número por demás significativo. “Hay veces que en la situación actual, se hace complicado poder juntar el dinero para la inscripción y es aquí donde el programa que nos brinda el Secretario de Deportes, Pablo Perea viene de maravillas.
Analizándolo, debo manifestar que es un programa inteligente, que le hacía falta a la provincia y creo que al país también. Va a ser una justicia para aquellos deportistas federados que por los costos, se les hace complicado practicar su actividad”.
Proyección
Otro de los puntos salientes del programa reside en la rapidez del trámite. “Creo que la burocracia hace tardar muchas veces los trámites. Pablo Perea sabe esto porque el fue dirigente deportivo y conoce en profundidad el tema, por lo que sabe cual es la realidad en general de las instituciones. Creo que esta experiencia, le permite al Secretario de Deporte, ver donde están los problemas para solucionarlos de antemano. Reitero, espero que toda la gente del deporte de Santa Cruz, le preste mucha atención a este nuevo programa debido a que es importante.
Si todas las provincias tuvieran este programa, creo la realidad del deporte nacional sería otra, más masivo”.
Referentes
El programa Santa Cruz Deportes “Todos Adentro Nadie Afuera”, cuenta con la posibilidad de ayudar a referentes de las instituciones. “Hay muchos referentes que realizan una tarea por demás importante en el desarrollo de las instituciones, por eso creo que es muy acertada la idea del Estado de poder ayudar a este gente mediante el nuevo programa de políticas públicas. Asimismo de esta manera, el programa incentiva a las instituciones a organizarse y de esta manera lograr un desarrollo general” finalizó el dirigente deportivo.
Testimonios de Dirigentes Deportivos de Caleta Olivia
Mario Castillo presidente del Auto Club de Caleta Olivia, quien el fin de semana recibiera un aporte gestionado por la Secretaría de Deportes de la Provincia al Estado Provincial comentó que: “La verdad que estamos sumamente agradecido por la ayuda recibida. Este tiempo que estamos frente al Auto Club, logramos conseguir muchas cosas a través de distintos estamentos.
Asimismo a la edil Lucila Rementería que nos ha dado una mano importante y lo mismo para el Secretario de Deportes de la Provincia, ambos nos han sabido escuchar y brindar la ayuda requerida por parte de nuestra institución”.
El Auto Club Caleta Olivia, es una de las instituciones deportivas de mayor arraigo en la localidad y cuenta con una Comisión Directiva que trabaja día a día para alcanzar sus objetivos.
Acerca de la presentación del programa institucional Santa Cruz Deportes, Castillo sostuvo que es una herramienta por demás importante para todo el deporte. “Es un programa que viene justo, porque es abarcativo para todos y como dice su eslogan no dejan a nadie afuera
El Dato
La dirigencia del Auto Club de Caleta Olivia, destinará el aporte de parte del Gobierno Provincial a la construcción del recinto para la revisaciones técnicas de los autos, que va a estar en el mismo sector del trazado.
Justo Álvarez Secretario del Club Catamarca: “El aporte que recibimos del parte del gobierno es por demás bienvenido, debido a que tenemos muchas necesidades en el club como por ejemplo la refacción de los vestuarios, fertilizar la cancha. Todo lleva su gasto y por lo tanto es importante para nuestro club.
La verdad que estamos muy agradecidos sobre todo a la gestión del Secretario de Deportes Pablo Perea, que siempre nos da una mano importante y siempre nos atiende cada vez que lo requerimos”.
Sobre el nuevo programa de ayuda institucional de la Secretaría, el dirigente aseveró que “la verdad que este programa es un paso para adelante para el deporte de la provincia y lo tenemos que dar a difusión con el resto de los compañeros para que tenga mayor desarrollo”
Horacio Agüero (dirigente del Club Olimpia Juniors): “Estamos entusiasmados con el nuevo programa que va a implementar la Secretaría de Deportes en ayuda a todos los clubes, instituciones y en definitiva al deportista en si”.
En este sentido, Agüero, elogió la tarea que viene llevando adelante el Secretario de Estado junto a todo su equipo de trabajo. “Desde nuestro club vamos a colaborar con todo este programa porque me parece incluye a todos y me parece que va a resultar eficiente en todo aspecto.
En nuestro caso tenemos mucha gente en el club y este tipo de programa potencia a poder implementar nuevas actividades deportivas”.

miércoles, 24 de noviembre de 2010

MARATON RADIAL A BENEFICIO

RADIO SAN DIEGO EN SU TERCER ANIVERSARIO Razón de Vivir la Vida’ …36 horas en vivo. ‘Todo lo recaudado será entregado a la parroquia del Padre Juan Barrios’ … Radio San Diego 92.7 FM de Río Gallegos, realiza este viernes y sábado 26 y 27 de Noviembre una nueva Maratón Radial Solidaria, una nueva Campaña por los que menos tienen, en esta oportunidad 36 horas de radio en vivo, con el fin de colaborar con la Obra del Padre Juan.
En el marco del cumpleaños numero tres de Radio San Diego, todos los integrantes del staff decidieron una manera distinta de festejar, en este caso al igual que en los años anteriores, colaborar con las personas que mas necesitan, invitando a gente a acercarse, y colaborar con ropa en desuso y alimentos no perecederos, esperando una respuesta positiva de parte de la comunidad que siempre esta presente en estas acciones. Durante el transcurso de las 36 horas de radio, se pondrán al aire los diversos programas que brinda la emisora, pasando por el folklore, tango, romántico, retro, recuerdos, y la emisión de los distintos programas deportivos. Música y sorteos, sumado a la transmisión en vivo de los eventos mas importante del fin de semana. Los esperamos en San Juan 526 de la ciudad de Río Gallegos. Te: 02966431787 0 celular 15589770 - 15647898 -www.radiosandiego.com.ar

TORNEO OFICIAL 2010 “HECTOR ALEJO SANZ”

FUTBOL DE LA LIGA CENTRO
Continúa disputandose el torneo oficial que reune a las localidades del interior de la Provincia de Santa Cruz. Son diversas las categorías que compiten con un gran esfuerzo, debido al traslado de una gran cantidad de jugadores, con toda la pasión del fútbol que convoca una gran hinchada en cada una de las pequeñas ciudades santacruceñas. Este es el resumen enviado por la Liga de Fútbol Centro.

FECHA: 14ta – 21Nov10 DIVISION: 1RA
ATLETICO SAN JULIAN (1) Vs ARGENTINO DEL SUD (1)
GOLES: Maximiliano MORSUCCI - Ignacio SUAREZ
ARBITRO: Jorge ROMAN - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 20 Nov 10 DIVISION: 1RA
INDEPENDIENTE (2) Vs C.A.S.C (2)
GOLES: Leandro SALDIVIA – Nicolás CARDENAS- Gastón LUNA – Marcelino TORRES - ARBITRO: Ramón GIMEN
EXPULSADOS:Ruben SALAZAR – Matías LAGARRIGUE
FECHA: 14ta – 21 Nov 10 DIVISION: 1RA
JUPITER (4) Vs RACING (1)
GOLES:Sergio DIAZ – Adrián BALETA – Luis BARRIENTOS Esteban RAMIREZ –Renzo BALETA
ARBITRO: Jorge JUAREZ - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14TA – 21 Nov 10 DIVISION: 2DA
ATLETICO SAN JULIAN (2) Vs ARGENTINO DEL SUD (2)
GOLES: Julio CURRI (2) - Jorge GIMENEZ – Jonathan CEDERO
ARBITRO: José JAMPI - EXPULSADOS: Diego SOTO - Diego TOLABA
FECHA: 14ta – 20 Nov 10 DIVISION: 2DA
INDEPENDIENTE (2) Vs C.A.S.C (1)
GOLES: Cristian VERON – Cristian VILLALBA - Rolando OJEDA
ARBITRO: Juan VIRUEZ - EXPULSADOS: Cesar SALDIVIA
FECHA: 14ta – 21 Nov 10 DIVISION: 2DA
JUPITER (2) Vs RACING (0)
GOLES: Darío MALDONADO – Marcelo MARTINEZ
ARBITRO: Juan SALOMON EXPULSADOS: Miguel CANOBRA FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 4TA
ARGENTINO DEL SUD (4) Vs ATLETICO SAN JULIAN (2)
GOLES: Matías BARRIONUEVO–Nicolás MORENO–Gustavo BAHAMONDE (2) - Mauro FERNANDEZ – Rodrigo DIAZ
ARBITRO: Ramón GIMENEZ EXPULSADOS: Alberto LUCAS
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 4TA
C.A.S.C (5) Vs INDEPENDIENTE (1)
GOLES: Luciano BERMUDEZ –Héctor MANCARI – Kevin JONES - Ivan LOREIRO – Facundo REPASI
ARBITRO: Jorge JUAREZ - EXPULSADOS: Diego RUIZ
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 4TA
RACING (0) Vs JUPITER (1)
GOLES: Jonathan MUÑOZ –
ARBITRO: Jorge ROMAN - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 5TA
ARGENTINO DEL SUD (3) Vs ATLETICO SAN JULIAN (0)
GOLES: Enzo TORRES – Matías OTEY – Alan ZELICH
ARBITRO: Juan VIRUEZ - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 5TA
C.A.S.C (1) Vs INDEPENDIENTE (2)
GOLES: Julián VILTE VERA - Cristian VERA – Jonathan DIAZ
ARBITRO: Cristian BAEZ - EXPULSADOS: Diego Claudio ALBA
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 5TA
RACING (3) Vs JUPITER (5)
GOLES: Brian HUILINAO – Jorge AVENDAÑO – Alihuen ROBLEDO (2)-Leonardo SANCHEZ- Alejandro HERNANDEZ - Braian NOTANO-Franco RUIZ
ARBITRO: Juan SALOMON - EXPULSADOS:Franco RUIZ
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 6TA
ARGENTINO DEL SUD (2) Vs ATLETICO SAN JULIAN (0)
GOLES: Juan MOLINA –Matías JOFRE
ARBITRO: Daniel ORONEL - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 6TA
C.A.S.C (5) Vs INDEPENDIENTE (0)
GOLES:Gonzalo SCHUNK (2) – Sergio RAMIREZ – Matías GAL (2) -
ARBITRO: Miguel ACOSTA - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 22 Nov 10 DIVISION: 6TA
RACING (0) Vs JUPITER (1)
GOLES:Nahuel JAMPI
ARBITRO: Daniel GALARZA - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 21 Nov 10 DIVISION: 7MA
ATLETICO SAN JULIAN (0) Vs ARGENTINO DEL SUD (3)
GOLES: Matías SORIA (2) – Luciano ZAMPIERI
ARBITRO: Daniel GALARZA - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 20 Nov 10 DIVISION: 7MA
INDEPENDIENTE (0) Vs C.A.S.C (0)
ARBITRO: Hugo LOPEZ - EXPULSADOS: NO HUBO
FECHA: 14ta – 21 Nov 10 DIVISION: 7MA
JUPITER (2) Vs RACING (1)
GOLES: Kevin ACEVEDO – Horacio GODOY - Germana PEDERNERA
ARBITRO: Daniel ORONEL - EXPULSADOS: NO HUBO
PARTIDOS PENDIENTES DE 12DA FECHA
FECHA: 12DA – 22 Nov 10 DIVISION: 1RA
CRUZ DEL SUR (1) Vs C.A.S.C (6)
GOLES:Lucio GONZALES - Gastón LUNA – Bruno SALINAS –Willians JONAS (4)
ARBITRO: Pablo SU1ELDO - EXPULSADOS: Lucio GONZALES – Lucas PENELLA – Nestor GONZALES - Rodrigo CONDE
FECHA: 12DA – 22 Nov 10 DIVISION: 2DA
CRUZ DEL SUR (2) Vs C.A.S.C. (3)
GOLES: Daniel BARRIA –Enzo HERRERA - Miguel DUARTE (2) – Rolando OJEDA
ARBITRO: José JAMPI - EXPULSADOS:NO HUBO
FECHA: 12DA – 22 Nov 10 DIVISION: 7MA
CRUZ DEL SUR (0) Vs C.A.S.C. (4)
GOLES: Galo GONZALEZ – Franco FARGUEZ – Facundo TOBARES
ARBITRO: Fabio KIONA - EXPULSADOS: NO HUBO
EL ENCUENTRO ENTRE EL C.S.S.C. Vs CRUZ DEL SUR (Divisiones 1ra, 2da y 7ma) QUE DEBIA DISPUTARSE CON FECHA 20 DE NOVIEMBRE DE 2010; NO SE LLEVO A CABO PORQUE CRUZ DEL SUR INFORMO QUE NO PRESENTARIA SUS DIVISIONES. PUERTO SANTA CRUZ, de noviembre de 2010.-

RECLAMOS DEL FUTBOL DEL INTERIOR

Deberíamos ser reconocidos” - Sergio Miadosqui, titular de Atlético de la Juventud Alianza de San Juan (el club más antiguo de esa provincia y que milita en el Argentino B) y hermano del presidente de San Martín de San Juan, habló sobre el proyecto de la Ley del Fútbol impulsado por el diputado nacional Gerónimo Vargas Aignasse para controlar el manejo de recursos generados por el fútbol. Opinó: “Creo que lo importante es que deberíamos ser reconocidos, pero no por el dinero que nosotros ponemos religiosamente para intervenir en los torneos federales”.
-¿Qué piensa de la actual estructura de la AFA o del Consejo Federal?-Nos ignoran totalmente. Tendríamos que ser reconocidos con dinero por nuestras participaciones, si quieren realmente que el fútbol sea más federal.
-¿Y mientras tanto?-Tenemos que hacer todo a pulmón. No tenemos voz ni voto, pero ellos cobran los derechos de autor. Aquí no apareció nunca ni el Consejo Federal o la AFA mostrando un signo de aliento para clubes del interior del país, en donde somos mayoría absoluta.
-¿Todos los recursos de su club son para el fútbol?-En realidad, esto se hace con el esfuerzo de todos: el de los socios que le dedican mucho tiempo y el de los dirigentes que viven poniéndole el hombro. Estamos por inaugurar un gimnasio cerrado de 150 metros cuadrados. Ya están construidos departamentos ubicados debajo de la platea, para albergar a jugadores y realizar las concentraciones del plantel.
-Tienen un sector de la platea suroeste que tiene estructura de cemento, pero hay que terminarla. ¿Piensan continuarla?-Es nuestra intención y nuestro objetivo. Por lo pronto, decidimos construir un escalón de esa tribuna por mes. Esperamos poder cumplirlo.
-¿Necesitan más ingresos genuinos?-Ésa es la meta propuesta. Por lo pronto, la primera semana de diciembre esperamos hacer una cena con socios y amigos para recaudar fondos. Festejaremos la obtención del campeonato oficial que ganamos en la Liga Sanjuanina de Fútbol y aprovecharemos la ocasión para inaugurar las instalaciones del gimnasio cerrado y de los departamentos construidos.
Miadosqui es uno de los tantos dirigentes del interior del país que pretenden concretar un cambio en la organización del fútbol argentino, ya que actualmente es complicado continuar con las reglas actuales.

FALLECIO HERIBERTO SCHONWIES

El básquetbol llora a un histórico - El Alemán, como lo conocía todo el ambiente del básquetbol argentino, falleció este martes a las 11 de la noche. Tenía 74 años y fue entrenador de la selección argentina de 1976 a 1978 y en 1984. El 2010 será un año que se recordará, entre otras cosas (algunas buenas y otras malas), por haberse llevado del ambiente del básquetbol a unas cuantas figuras históricas. Con una diferencia de días, partieron hace un par de meses leyendas como Benja Arce y el Loco Ibáñez. Y hoy, 23 de noviembre, se nos fue Heriberto Schonwies.
El Alemán, un personaje ciento por ciento, había nacido el 23 de mayo de 1936 y, en su larga trayectoria, consiguió dos éxitos muy recordados. En 1976 fue campeón sudamericano con Argentina, en la época que ese título valía, y mucho. Y en 1984, al frente de su amado San Andrés, consiguió el título en la Liga Nacional de Transición.Ese equipo, con el Tola Cadillac, la pantera Ferrini, Ricardo Rattone, Ernie Graham, Meryl Wilson, Carlitos Berrondo, Orlando Salinas, Carlos Ballester, la Pantera Ferrini y otros, se quedó con la temporada bisagra de lo que significó el gran salto en la historia de nuestro deporte en Argentina.Con la selección, además de aquel Sudamericano en 1976, estuvo al frente en la Copa Intercontinental de 1977, la Cristóbal Colón en 1978 (primera etapa) y también en el Preolímpico de San Pablo en 1984.En la Liga Nacional pasó por varios clubes: San Andrés (1985-1987), Peñarol (1989-1990 y 1991/92) y Estudiantes de Olavarría (1996/97). En total, en la A, totalizó 165 partidos, con 75 victorias y 90 derrotas.Obviamente, también dirigió en el TNA algunas veces y ultimamente se desempeñaba como entrenador en las divisiones formativas de Obras, "su gran amor". También era uno de los entrenadores estrella de los campus del Huevo Sánchez. El básquetbol lo saluda de pie. Fue un grande. Fuente: Basquet Plus.

PREMIOS ALUMNI

Alberto Martínez en los premios Alumni
Cuando el próximo lunes 29 de noviembre se lleven adelante los Premios Alumni en los salones del Palais Rouge, sito en la calle Salguero 1.441, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habrá un dirigente fueguino en la terna Jurisdicción Sur, se trata de Alberto Martínez, presidente de la Liga Oficial de Fútbol, que tendrá el honor de representar a todo el fútbol de Tierra del Fuego. La gala será televisada en directo por Fox Sports a toda la Argentina.

El dirigente local de Instituto La Misión, Alberto Martínez, actual presidente de la Liga Oficial de Fútbol, fue nominado a los Premios Alumni que otorgan el Círculo de Directivos y ex Directivos del Fútbol Argentino (CIDEDFA), por ser uno de los dirigentes de la Jurisdicción Sur, más destacados de la temporada.Este martes 23 de noviembre en horas de la noche, los organizadores entregaron los diplomas para la gran fiesta a realizarse el próximo lunes 29 del corriente mes, la cual será televisada en directo por Fox Sports a toda la Argentina desde los salones del Palais Rouge, sito en la calle Salguero 1.441, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Martínez estará presente en dicha gala y se espera que el representante fueguino pueda obtener la distinción, la cual en su momento fue nominado el jugador fueguino Alamiro Vaporaki y en esa oportunidad no la pudo ganar.Junto al representante riograndense están nominados Norberto Perouene (presidente de la Liga Regional de Fútbol Avellaneda-Luis Beltrán-Río Negro) y Antonio D’Angelo (Jurisdicción Sur Interior Nº 2º).TemarioDesde su fundación el Círculo de Directivos y Ex Directivos del Fútbol Argentino (CIDEDFA), se propuso objetivos que están claramente marcados en su Estatuto. Hemos transitado 2 años de vida y a través de ellos, la dirigencia pudo compartir con nosotros jornadas de profesionalización dirigencial. Hoy nos encontramos ante una dirigencia que ha tomado cabal conocimiento de la necesidad de actuar de manera solidaria y mancomunadamente para enfrentar el contexto institucional actual, donde la problemática es común, y estamos convencidos que accionando colectivamente las metas se alcanzarán con mayor facilidad. Con la convicción que en las pequeñas cosas se encuentra el camino hacia los grandes logros, estamos organizando una cena de confraternidad que se llevará a cabo el próximo día 2 de diciembre de 2002, y en ella se entregarán los premios que hemos denominado «Alumni».Así mismo, en función del protagonismo fundamental del dirigente, creímos importante instituir una distinción donde se premie la destacada labor de quienes con su abnegado trabajo permiten el desarrollo y crecimiento de las Instituciones del Fútbol Argentino. Y estos son sin duda los dirigentes. Aprovechando además, la oportunidad para distinguir con nuestra óptica a quienes acompañan con su labor profesional el desarrollo de este deporte.La denominación del premio es un homenaje del CIDEDFA al Club Alumni, ya que a partir de dicho equipo en 1884, a través de la gestión de su fundador Watson Hutton, comenzó a gestarse la idea de torneos organizados de fútbol.
Los rubros a premiar para cada división del fútbol argentino:
Primera A, Nacional B, Primera B, Primera C, Primera D y Liga Federal, serán los siguientes: * Dirigente destacado* Jugador destacado* Técnico destacado* Arbitro destacado* Periodista destacado en medios televisivos * Periodista destacado en medios gráficos * Periodista destacado en medios radiales* Programa televisivo dedicado al fútbol * Medio Gráfico* Programa radial * Institución de la divisional que mejor recibe al visitante
El medio de elección será a través de los dirigentes de todas las divisionales que componen el fútbol argentino.
En función de ayudar a la organización del evento, solicitamos nos indique la cantidad de reservas que tendríamos que asignar a cada institución.Los formularios para la elección de las ternas deberán ser entregados al Secretario de Prensa de CIDEDFA, conjuntamente con el sobre de la votación un mes antes de la fecha estipulada para el evento, coincidiendo con el día de reunión de la divisional que corresponda a cada institución o por fax al Tel. 4328-5338.
¿Qué son los Premios Alumni?
Así lo explica el CIDEDFA: A partir del protagonismo fundamental del dirigente, creímos importante instaurar un premio que distinga a quien, por sus virtudes, se destaque entre sus pares y lo más importante... elegido por sus compañeros de dirigencia.Una elección donde no se dispute ningún espacio de poder, sino el lugar que ocupa el premiado en el corazón de quienes lo eligen.Distinguiremos también, desde la óptica del dirigente, a quienes nos acompañan con su labor profesional en el desarrollo de nuestro fútbol.Nos pareció conveniente que el nombre del premio lograra con su simple mención una identificación inmediata con el fútbol.Así fue como nació el Premio Alumni, en alusión al mítico equipo del club que fundara Sir Watson Hutton en 1884, verdadero precursor de la práctica del fútbol en torneos organizados.Un diseño abstracto, diseñado por el artista plástico Salvador Constanzo, quien imaginó «La Torre de la Gloria».
Realizada sobre un perfil angular de segmentos decrecientes hacia la cúspide. La base es el volumen más importante porque simboliza los atributos más firmes y sólidos de quien alcanza la gloria deportiva: sus valores éticos y morales. No caprichosamente, el segmento más pequeño que corona la obra es la cúspide, porque según el artista: representa el triunfo en sí, quizás lo más efímero de una trayectoria.

EL FUTBOL DEL FIN DEL MUNDO

Tres punteros, en un torneo sin invictos - Se disputó la 5º fecha de la principal categoría. Ganaron Mutual BTF, Los Andes Jrs., Los Cuervos FDM y Luz y Fuerza. Se suspendió Centro Galicia – Club Mercantil por agresión al árbitro. En la “B” siguen punteros los F.C. de Magallanes y Lasserre.La fecha se puso en marcha el sábado pasado el mediodía con la tercera jornada oficial de la primera división “B”. Fueron cuatro partidos donde en dos de ellos los líderes volvieron a salir airosos de sus compromisos. Magallanes F.C. goleó a Lago Escondido por 5 a 2 mientras que Lasserre hizo lo propio con Güemes derrotándolo 2 a 0. La Bestia Deportiva.
Arturo Pratt marcó la goleada de la divisional 8 a 0 sobre Carrefour que se hunde en el fondo de la tabla. AMCOR logró el primer triunfo del campeonato al vencer por la mínima al recientemente descendido Les Eclaireurs. Bien temprano el domingo comenzó la quinta jornada oficial la principal categoría, Mutual BTF logro una nueva victoria en extraño partido que tuvo 13 goles! 8 a 5 ante El Duende que sigue sin conocer la victoria. Una vez más la fecha se vio empañada por la violencia esta vez fue en el encuentro Centro Galicia y Club Mercantil apenas se jugaban cinco minutos de partido cuando el árbitro suspendió las acciones por agresión de un jugador mercantil. Alguna determinación habrá que tomar por parte de las autoridades Municipales, de la Liga o quien corresponda para erradicar estas actitudes que parecen no cesar.
Hay que tener en cuenta que en algo más de dos meses se pondrá en marcha un nuevo Torneo Argentino “C” con la presencia de los locales Los Cuervos FDM y Libertad que serán visitados por los riograndenses Real Madrid y Camioneros un tema no menor y que habrá que ir preparando. Desde las dos de la tarde comenzó el partido esperado, el líder Libertad se enfrentaba a uno de sus inmediatos perseguidores Los Andes Jrs. interesante encuentro que se definió a favor de los vidrieros al promediar el complemento. Los dirigidos por Raúl Portillo se pusieron en ventaja, aprovechando el hombre de más pero la garra de los naranjas dio sus frutos aprovechando un ataque por derecha para crear la jugada que finalizó en el penal del empate perfectamente ejecutado por el “Pela” Schartz. Cuando todo parecía que iríamos hasta el final con el marcador igualado en 1 los amarillos realizaron una jugada de ataque que llegó hasta el fondo del área de Libertad, manotazo de un defensa y nuevo penal esta vez para Los Andes. El encargado de tomar la pena máxima fue “Dieguito” Zuñiga quien con disparo a la izquierda pone el marcador 2 a 1 para su equipo.
Aunque quedaban varios minutos para el cierre el marcador no iba a modificarse hasta el pitazo final que vieron los equipos con dos hombres menos por bando. En este partido observamos algo que no podemos dejar de comentar, aclarando que el protagonista de la acción es alguien que nos merece el mejor de los conceptos y por eso la sorpresa. En un par de oportunidades el árbitro del partido, Sr. Sarmiento, realizó gestos fuera de lugar hacia la tribuna, algo que por ninguna razón puede suceder. Seguramente llegaran las disculpas del caso y hasta puede haber alguna sanción para el colegiado por parte de los árbitros o la propia Liga.
Ni bien finalizado este encuentro salieron al sintético del “Hugo Lumbreras” Los Cuervos FDM y Juventud del Sur que entregaron un vibrante y entretenido partido. Los azulgranas se pusieron en ventaja, Juventud igualó las acciones para luego sobre el final los dirigidos por Matías Aducci consiguieron el 2 a 1 final que le permitió sumar de a tres dejando en claro que ya están recuperados del mal arranque en el presente campeonato. El cierre de la fecha presentó el choque entre Luz y Fuerza, el mejor equipo recién ascendido, quien llegó a la punta al vencer a La UOM por 3 a 1. Más allá de que somos muy críticos de todo lo que rodea a la organización del torneo en lo estrictamente futbolístico podemos decir que en cinco fechas la presente competencia es la más reñida de los últimos años, que a veces no se juega bien? Es cierto pero ya se mejorará con el correr de los partidos. Libertad, Los Andes y Luz y Fuerza punteros seguidos de cerca por Mutual, Los Cuervos y Galicia en un arranque donde seis clubes de diez pelean por estar arriba y eso no es poca cosa.
Resultados1º “A”
Mutual BTF 8
El Duende 5
Centro Galicia – Club Mercantil (Suspendido a los 5´PT por agresión de un jugador de Mercantil al árbitro del encuentro)
Libertad 1
Los Andes Jrs. 2
Los Cuervos FDM 2
Juventud del Sur 1
Luz y Fuerza 3
La UOM 1
1º “B”Lago Escondido 2
Magallanes F.C. 5
Arturo Pratt 8
Carrefour 0
Lasserre 2
Güemes 0
Les Eclaireus 0
AMCOR 1
Posiciones Actualizadas
1º “A”Equipos PJ Pts.
Libertad 5 12
Los Andes Jrs. 5 12
Luz y Fuerza 5 12
Mutual BTF 5 10
Los Cuervos FDM 5 9
Centro Galicia 4 7*
Juventud del Sur 5 6
La UOM 5 3
Mercantil Ushuaia 4 0*
El Duende 5 0*
A los 5´minutos de juego se suspendió el encuentro entre Centro Galicia y Club Mercantil.
1º “B”Lasserre F.C. 3 9
Magallanes F.C. 3 9
Arturo Pratt 3 6C.
Lago Escondido 2 3
Camioneros 2 3
AMCOR 2 3
Les Eclaireurs 3 3
El Porvenir 1 0
Güemes 2 0
Carrefour 3 0

GUILLERMO BROWN LIDER ZONA 1

Diego Giménez, líder de goleadores - Con la victoria del domingo, Guillermo Brown continua siendo el líder de la Zona 1 del Toreo Argentino A y el primero en la Tabla General del certamen. Con 31 puntos y una diferencia de 11 para con su escolta, esta en su zona; mientras que lidera la General con 5 puntos mas que Talleres de Córdoba, el segundo. El próximo domingo, visita a Rivadavia de Lincoln.
Sigue líder
El pasado domingo, Guillermo Brown derrotó a Santamarina de Tandil y se aseguró de ese modo tres puntos mas para su cosecha en la Tabla de Posiciones de la Zona 1 del Toreo Argentino A. Es así que hoy en día, el conjunto dirigido por Arnaldo Sialle, se ubica en el primer puesto de su grupo con 31 puntos; diferencia que se acrecentó con respecto a Cipolletti, dado que los rionegrinos cuentan con 20 unidades. No solo es el mejor en su zona, sino que con buenos resultados y buen futbol esta demostrando ser el mejor de lo que va del Torneo; resultados que le permiten ser el primero de la Tabla General, con 5 puntos mas que Talleres de Córdoba, líder de la Zona 2 con 26 puntos. Tercero en este conteo, está Juventud Antoniana de Salta con 24 unidades. Brown, volvió la victoria tras dos empates consecutivos, estos obtenidos en sus visitas de manera consecutiva a las ciudades de Pergamino y Bahía Blanca. De este modo, los brownianos llegan a la cuenta de 17 partidos invictos jugando como locales, con 13 victorias y 4 empates. Lo que se viene En lo que respecta a lo que sigue en el camino de los muchachos dirigidos por Sialle, resta el juego de cuatro partidos. El próximo, será en la ciudad bonaerense de Lincoln, cuando los brownianos se midan ante Rivadavia, en el horario presumiblemente de las 17 horas del día domingo. En tanto, el calendario de “La banda” indica que el prime fin de semana de diciembre deberá visitar a Cipolletti; mientras que el miércoles 8 recibirá en su casa a Huracán de Tres Arroyos. Terminará su participación en el Torneo en este año ante Unión de Mar del Plata en la ciudad “feliz”. Lidera a los goleadores tambiénBrown no solo es el mejor en lo que a puntajes se refiere, sino que también tiene al mejor delantero. Se trata de Diego Giménez, quien el pasado domingo llego a su noveno gol en el certamen y es el líder de la tabla de los máximos anotadores. Lo sigue Ezequiel Petti con siete tantos y tercero Alexis Olivera con seis.
Torneo Argentino A Resultados 13ª Fecha
Unión (MdP) 1 - 1 Cipolletti
Brown 3 - 0 Santamarina
Huracán 1 - 0 Villa Mitre
Douglas Haig 1 - 0 Rivadavia
Zona 2
Estudiantes RIV 0 - 0 Juv. U. Univ.
Racing (Cba) 2 - 0 Sp. Belgrano
Dep. Maipú 0 - 1 Talleres (C)
Alumni 1 - 1 Sp Desamparados
Zona 3
Unión (S) 1 - 0 Crucero del Norte
Juv. Antoniana 1 - 1 Libertad (S)
Central Córdoba 2 - 1 Central Norte
Gimnasia CU 3 - 1 9 de Julio
Posiciones Zona 1
Equipos Puntos Brown 31
Cipolletti 20
Union 17
Huracán 17
Douglas 16
Villa Mitre 16
Rivadavia 11
Santamarina 9
Zona 2
Equipos Puntos
Talleres 26
Juventud Unida 21
Desamparados 18
Racing 17
Sp. Belgrano 16
Dep. Maipú 13
Estudiantes 12
Alumni 9
Zona 3
Equipos Puntos
Juventud Antoniana 24
Gimnasia 20
Crucero del Norte 19
Central Córdoba 19
Unión 17
Libertad 17
Central Norte 15
9 de Julio 11

PARA LOS FANS DEL SKATEBOARD

SE PRESENTO OFICIALMENTE
LA PISTA DE SKATE, EN EL CEPARD
En el marco del Programa de Recreación de la Secretaria de Deportes, aprobado por Decreto Provincial Nº 471/10, se presento en horas de la tarde, la Pista de Skate, en el playón de las instalaciones del CePARD. Este es un deporte extremo que utiliza un monopatín o un skateboard (tabla) sobre superficies como asfalto o pistas especiales diseñadas para tal fin.

¿CÓMO NACE EL SKATE?
En la década de los sesenta es cuando nace el skate. Este deporte del skate nace de la mano de los surfistas. Ellos al no tener siempre las olas que deseaban, se trasladaron a las calles. Es así como nacen las primeras tablas de skate. Ya a fines de los 60`se comenzaron a fabricar las primeras tablas de skate de manera industrial. En esta época se utilizo mucho lo que se denomina el Freestyle. O sea, un tipo de práctica absolutamente libre. Se podía realizar en el skate lo que se quisiera.
Pero en los 70` el deporte del skate perdió popularidad. Se cerraron la mayoría de las pistas de skate existentes. No quedaba un lugar central donde todos podían ir a practicar. Y se convirtió en algo que solo lo practicaban los niños. De ahí algunos retomaron de nuevo esta disciplina del skate, pero eran considerados como personas extrañas, que practicaban un juego infantil. Pero fueron estos mismos “personajes” quienes participaron de la gran evolución que vivió el skate. Ellos crearon el street skate. Lo que significa, que se utiliza cualquier tipo de obstáculo callejero, para poder practicar el skate. Posteriormente en los años 80`el skate renace de sus cenizas. Se retoma el furor por el. Y se crean las pistas de skate llamadas half pipe. Las cuales se construyen en tipo de “U”. Y es en esta superficie donde se deben practicar la mayoría de los trucos. Luego de aquello surgieron leyendas del skate como Tony Hoawk O Steve Caballero, quienes son los grandes ídolos de quienes practican este deporte extremo.
Ya en los años 90`, el skate, se consolido definitivamente. Como uno de los grandes o más grandes deportes urbanos. Donde cualquier calle o pista sirve para poder realizar algún truco con el skate. Donde las half pipe se transforman en verdaderas catapultas de los sueños más locos y extremos de estos deportistas urbanos. Aparte de ser una empresa bastante sustentable. Ya que son millones las tablas de skate que se venden, como cascos o protecciones para las rodillas y codos. Son varias las revistas que existen y los programas deportivos destinan bastante tiempo de su programación, cuando se esta efectuando algún campeonato de skate importante.
INDUMENTARIA Y TABLA NECESARIA PARA SU PRÁCTICA
Frente ha que usar o que indumentaria se necesita para practicar el skate, no hay algo definido. No existen tablas de skate para principiantes. Cualquier tabla es buena para comenzar, como para llegar a ser un experto. Claro que existen algunas baratas y otras muy caras. A lo mejor, para comenzar, será mejor comprar alguna tabla de skate barata.
RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD
Lo que si es recomendable es utilizar algún tipo de casco de skate. Puede ser el mismo que se compra para montar una bicicleta. La idea es que proteja toda la cabeza. Ya que una mala caída puede provocar un daño cerebral de importancia. Lo otro que se recomienda es utilizar coderas y rodilleras. Para que estas no sufran tanto frente a una caída al pavimento o dentro de la half pipe. Y por supuesto utilizar zapatillas de skate cómodas. Zapatillas que son usadas por los skaters, hay por montones. Solo hay que ir a una tienda de zapatillas y se podrán encontrar; algunas zapatillas para skate traen refuerzos de goma en los costados para realizar el famoso ollie sin romperlas. También existen diversas tiendas especializadas en el skate. En las cuales se podrá encontrar todo lo que se requiere para practicar el skate como corresponde.

martes, 23 de noviembre de 2010

EL POTRERO VS LA ESCUELA DE FUTBOL

Fútbol Infantil: ¿Trabajo o diversion? ¿Esfuerzo o placer?
¿Competencia o juego? ¿Pena o gloria?
El potrero versus la escuela de fútbol - Podemos decir que hasta hace unos veinte años o menos, los padres llevaban a sus hijos a los clubes de barrio para evitar que estuvieran en la calle, para que se socializaran con otros niños de su edad. La posibilidad de que se convirtieran en jugadores profesionales estaba en segundo plano, era una posibilidad entre tantas. Sin embargo, la creciente profesionalización del fútbol empujo a los padres a ver a los clubes de barrio y a las escuelas de fútbol como una tabla de salvación para sus hijos y hasta para ellos mismos.

SEXTA PARTE
Mucho antes de que aparecieran las primeras escuelitas de fútbol, el
lugar por excelencia donde se practicaba este deporte era el potrero.
¿Qué cosas tenía a favor ese pedacito de tierra en un baldío de barrio y
que ventajas se obtuvieron con la creación de lugares específicamente organizados para enseñarles a jugar al fútbol a los niños?
Para algunos el potrero era el lugar donde reinaba la espontaneidad. El
potrero era él desafió con los de la otra cuadra, de ahí no pasaba la competencia. Hoy los niños juegan con un dispositivo institucional que incluye árbitros, premios, etc. En ese sentido, los de otra época fuimos más huérfanos, no era muy positivo desde lo social.
Los niños, cuando se juntaban en el potrero, iban porque tenían ganas,
sentían la necesidad interna de jugar y se organizaban auto convocándose. Iban, le tocaban el timbre al amiguito de la vuelta, buscaban al dueño de la pelota, decidían los arcos y jugaban. Construían a partir de un espacio físico toda una situación lúdica que tenía que ver mucho con la trama social, con los vínculos afectivos. Hoy todo eso, se compra, se paga. Esa es la diferencia más clara. Si a eso le agregamos la formalización de una estructura organizacional con las reglas, el cumplir horarios, una división por edades, no queda nada de toda aquella actividad espontánea. Antes, los propios participantes eran los protagonistas, los organizadores, todo. Esa autogestión hoy no existe más. Podríamos decir que
antes se divertían y hoy los divierten. Con un agravante: Si el niño quiere jugar al fútbol fuera de la escuela, no tiene a donde ir. Y si tiene donde, no tiene con quien jugar. Desde este punto de vista, el predominio de un espacio hiperorganizado para el juego, genera una discapacidad, en cierta forma creada por la sociedad de consumo.
Resumiendo los conceptos podríamos decir que el potrero brindaba
básicamente, libertad. La escuelita, en cambio, aporta disciplina. Las dos propiedades se necesitan a la hora de practicar cualquier deporte. El tema es como se logra llegar a ese punto en que se pueden combinar. Quizás esa sea la clave de un buen aprendizaje, y en algunos casos, sumado al talento natural, logra la formación de verdaderos jugadores.
La tendencia a la profesionalización del fútbol infantil, en la que los
niños reciben la mayor presión por parte de los adultos, involucra entre otros
puntos polémicos, la propia salud de los pequeños futbolistas. ¿Quién se preocupa realmente por las exigencias que reciben los niños durante los entrenamientos que muchas veces no tienen en cuenta las distintas etapas de su desarrollo físico y psicológico?
Los padres, en algunos casos, ya sea por el afán de conseguir un buen
futbolista o por el deseo de que sus hijos se entretengan un rato con los niños de su misma edad, se olvidan de considerar la salud de sus hijos, la cual no siempre queda en las manos más adecuadas. Los técnicos y delegados, presionados por lograr buenos resultados en los partidos, dejar contentos a los dirigentes y a los padres, no siempre prestan la suficiente atención a estas cuestiones socioculturales que son fundamentales en esta etapa de crecimiento tan delicada en el desarrollo de una persona.
Esta omisión puede afectar la salud presente y futura de los niños. No
es tan extraño asistir a un entrenamiento y ver al entrenador bebiendo cerveza o fumando mientras los niños esquivan conos o hacen una prueba de velocidad.
La improvisación y la mercantilización, en gran parte, son responsables de que se produzcan estas situaciones de las que los niños resultan ser las victimas. Hace algunos años cuando el fenómeno del fútbol infantil apenas empezaba a asomar, los entrenadores profesionales no abundaban. La mayoría de los equipos de fútbol infantil era entrenada por los propios padres de los chicos, tal vez por esa idea tan argentina de que cualquiera sabe de fútbol y es un jugador o un técnico en potencia. Lo cual no implica que cualquiera este capacitado para conducir a un grupo de niños durante un juego. Este fenómeno sé mucho más en la ciudad de Buenos Aires que en la ciudad de La Plata.
Esta claro que la mercantilización del fútbol infantil involucra a todos
los que de alguna manera tienen que ver con él. Los técnicos no quedaron afuera. Por lo tanto, su grado de idoneidad ante la tarea de dirigir un grupo de niños no puede ser amateur. Hay gente que ha encontrado en el fútbol infantil su medio de vida. Cuando se le pregunta dónde estudiaron, dicen: no, yo miro todos los domingos fútbol de primera y leo El Gráfico. Creen que con eso alcanza para dirigir un equipo. Pero además, como cobran tienen que ganar. Si no los echan del equipo. Adquieren prestigio ganando campeonatos. Mientras tanto, frustran niños pero ganan campeonatos. Que uno entienda de fútbol no quiere decir que también entienda lo que pasa por la cabeza de un niño de 7 u 8 años.
El fútbol infantil no es un fin en si mismo tiene que ser un medio para
empezar a formar a los niños. Un deportista se empieza a formar a los 11 o 12 años. Ahí empieza una recta que termina aproximadamente a los 17 o 18 años. Hace unos cuanto años, los futbolistas profesionales debutaban a los 21 años, hoy lo hacen a los 16 (el ejemplo mas claro es el seleccionado sub 20 campeón del mundo en Canadá donde la mayoría de sus integrantes ya habían jugado en primera división y algunos ya están jugando en Europa). Hay que considerar que hasta los 12 o 13 años aproximadamente un niño no comienza a formarse física y motrizmente. Recién en ese momento esta preparado para que lo agarre un entrenador y, si es bueno, que comience a hacer carrera. Pero acá parece que el proceso se hace al revés. Además, hay que tener en cuenta que un niño de 9 o 10 años esta completando su maduración y puede tener unos dos años de diferencia madurativa con otros de su misma edad. Entonces, un año el niño puede parecer de madera y al año siguiente, juega bárbaro. Y los técnicos dicen “este no sirve”,
cundo en realidad, el niño esta aprendiendo.
La idea de competencia, triunfo y fracaso, no es la misma en los adultos
que en los niños. En el momento del juego, las cosas se mezclan. En ese cóctel, los más pequeños suelen ser los más perjudicados. El espíritu de jugar a muerte lo ponen los padres, no los niños. Cuando gana el equipo contrario los padres empiezan a echarle la culpa al referí y no se fijan que los que ganaron también son niños. En general, los padres pierden el control emocional por completo. Se habla de que ponen toda la tensión de la semana en el juego de sus hijos, la descargan con ellos. Los niños, pobrecitos, se acostumbran a vivir esa presión.
Muchas veces los mismos niños se insultan o putean con los padres y con el
árbitro. A su vez, el padre reprende al árbitro por una sanción justa, aunque su hijo haya cometido una falta. Hay veces en que los niños se quedan mirando a un loco desaforado que no entienden que sea su papa, enojado porque su hijo saco mal un lateral.
En general, los árbitros se encuentran en medio de las disputas de los
padres y de la propia relación entre padres e hijos. Tienen que arbitrar el juego entre los equipos infantiles y también lidiar con los padres que, desde las tribunas, les reclaman constantemente.
Los padres se pierden en ese laberinto futbolístico donde todo el mundo
se siente un poco sabio y en lugar de acompañar a su hijo, le indican como jugar. Lo que muchas veces puede entrar en contradicción con lo que le indica el técnico. La consecuencia es un cortocircuito en el niño, que generalmente abandona el fútbol porque no soporta tanta presión.
La mayoría de los padres cuando hablan fríamente del tema de sus
hijos jugadores, nunca confiesan que presionan a sus hijos. Algunos de ellos
seguramente dicen la verdad. Otros, están metidos en lo que les pasa. Quizás no mienten, pero si omiten la realidad. Tal vez no se dan cuenta de la influencia que ejercen sobre los chicos, a una edad donde todo se absorbe con tanta facilidad. Sin embargo, esos padres que presionan a sus hijos, sin darse cuenta del daño que les causan, existen. De hecho, profesores, técnicos, árbitros y otros padres los observan cotidianamente en las prácticas y en los partidos. Actúan a la vista de todos. Pero cuando todo se termina, nadie quiere reconocerse como uno de ellos.
Es evidente, sin ninguna duda, que el modelo de los torneos infantiles
es el fútbol grande, el fútbol profesional. Hay chicos que protestan para sacar ventaja, como ocurre en la primera división. Sin embargo, lo mas difícil para los árbitros es trabajar bajo la presión de las hinchadas, muchas veces conformadas, incluso, por algunas madres.
Junto con la competencia mal entendida comienza a producirse un
hecho poco grato para los niños, la discriminación de los menos hábiles. Con
este tema la mayor influencia proviene de cada familia y de lo que transmite el club. Si se trata de una institución muy competitiva, la problemática aumenta. Si hay niños que no están aptos para jugar hay que buscarles la posibilidad de que jueguen en otras ligas para que no se sientan mal y para darles una oportunidad.
(En la ciudad autónoma de Buenos Aires hay ligas de fútbol que se crearon para los niños que no tenían la posibilidad de jugar en clubes muy competitivos, son ligas en las cuales no hay suma de puntos).
Conclusión final
Las escuelas de fútbol se consolidaron en las últimas décadas como una
alternativa a la falta de espacios para que los niños jueguen al fútbol en la ciudad. Pero la voracidad del gigantesco negocio del fútbol las fue incorporando como primera etapa de una tendencia creciente:
La profesionalización del fútbol infantil.
¿Entrenamiento o entretenimiento? ¿Trabajo o juego? ¿Cómo debería
ser el tiempo que el niño dedica a la actividad futbolística? ¿Cómo lograr que
algo tan sano como la actividad deportiva y tan mágicamente fascinante como el fútbol no sea una carga que sus espaldas no puedan soportar?
Difícilmente se pueda llegar a obtener una sola respuesta a todas estas
preguntas. La polémica, al igual que el fútbol mismo, es un deporte nacional y
cada uno, padre, técnico, o dirigente tendrá una respuesta, un punto de vista. Expondrá sus argumentos, mostrara resultados. Pero ¿y los chicos qué? ¿Se piensa en ellos? ¿O prevalecen las propias aspiraciones, las frustraciones que se dejaron en el camino? ¿Alguien les pregunta a ellos lo que quieren, lo que sienten, como les gustaría hacer las cosas?
Valdría la pena que todos los involucrados se formularan estas preguntas
y se cuestionaran realmente como están actuando. Sería bueno descubrir que responden con honestidad a la tarea que están desarrollando.
Hasta hace unos veinte años, la cosa era mucho más sencilla. El club de
barrio cumplía una función social. Hoy, tras sucesivas crisis económicas, ideológicas y morales, ese espacio se fue perdiendo. Y no hubo reemplazo. Los que tienen más de cuarenta años lo saben muy bien. El club era el lugar del encuentro, de la participación. Uno sentía que ese era un lugar de pertenencia, un espacio simbólico y de contención social. Era el lugar donde se compartía con los pares y eso permitía afianzar la identidad. Algo vital para la edad en que una persona esta creciendo.
Allí, en esos clubes, el fútbol era la excusa, organizarse era sencillo: un
padre se hacia cargo de una categoría, otro tomaba otra y así hasta abarcar todas las edades, sin mucha teoría pero con mucho amor. La cuota social no importaba y la merienda acercaba a más de uno.
¿Cómo evitar que todo esto ocurra? No es fácil encontrar la solución.
Siempre y cuando el optimismo nos permita creer que es posible encontrar una. Quizás lo máximo a lo que se puede aspirar sea a empezar a cuidar a los chicos, a estar mas cerca, pero no detrás de un alambrado gritando un gol sino allí donde ellos verdaderamente les hace falta. En sus dudas, sus miedos y también en sus pequeñas alegrías.
Lo ideal seria actuar con ellos como lo que son: chicos. Tan obvio y
tan simple como eso. Tan complicado como eso. Para lograrlo se debe comenzar intentando que el entretenimiento no se convierta en un trabajo y que esté adecuado a sus posibilidades. Cualquiera que lleve a su hijo a una escuela de fútbol debe tener, independientemente de su motivación para hacerlo, la preocupación por el cuidado que le den al niño en ese lugar. Y una idea clara de lo que puede ser bueno o dañino para su educación, su desarrollo y su formación. Eso quiere decir para su cuerpo, su psiquis y su espíritu. Algo que parece tan evidente y que, sin embargo, la experiencia de todos los días muestra que no se cumple. Que los niños entrenan más de lo debido o, a veces, no lo hacen con una persona suficientemente capacitada para eso. Las consecuencias afectan nada menos que a su salud y, a veces, condicionan su estado emocional para el futuro.
Este texto quiso ser una aproximación al mundo de los niños y el
fútbol, allí donde su cruzan la ansiedad de los padres, la responsabilidad de los entrenadores, la referencia omnipresente de las grandes estrellas y el peligro de depositar en un niño la salvación económica familiar. También es un llamado de atención para no olvidar que en el fútbol infantil se está tratando con niños y no con jugadores en miniatura.
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